Delhi HC impide que la confitería Facebake use la marca de Facebook

El tribunal superior de Delhi ha restringido permanentemente al propietario de una confitería con el nombre 'Facebake' de usar cualquier marca que sea engañosamente similar a la marca 'Facebook' de la empresa de redes sociales Meta Platforms, Inc.

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El juez Navin Chawla, mientras se ocupaba de una demanda de Meta, dijo que 'Facebook' es una marca comercial muy conocida en el país y la representación visual general adoptada por el acusado, Noufel Malol -propietario de Facebake, describió la intención de mala fe. en la obtención de una ventaja injusta.

El juez señaló que el uso de una marca similar a 'Facebook' puede llevar a que un consumidor desprevenido esté al menos interesado en tomar nota de que el demandado tiene algún tipo de conexión con el demandante y también fue evidente la mala fe del demandado. del hecho de que después de que se dictara una medida cautelar contra el uso de 'Facebake', el demandado cambió la marca a 'Facecake' y optó por no defender la demanda.

En el presente caso, si bien existe cierta distinción entre las marcas del demandante y las de los demandados, la representación visual general adoptada por los demandados muestra claramente la intención de mala fe de los demandados de obtener una ventaja injusta mediante el uso de la marca similar. a la de la demandante y conduce también a la dilución de la marca de la demandante. Puede llevar a que un consumidor desprevenido esté al menos interesado en tomar nota de que los demandados tienen algún tipo de conexión con la demandante, dijo el tribunal en su orden de 6 de julio.

El tribunal impidió permanentemente que el demandado, sus subsidiarias, afiliadas, así como cualquier persona que actuara en su nombre o en su nombre, utilizaran las marcas 'Facebake', el nombre de dominio y la dirección de correo electrónico que contenían la palabra 'Facebake', la marca 'Facecake', la imagen visual de Facebook. presentación y cualquier otra marca que pueda inducir a error sobre sus productos y servicios.

El tribunal también otorgó una indemnización de 50.000 al demandante y al demandado.

No se puede discutir seriamente que las marcas del demandante son bien conocidas en la India. Su base de usuarios y su alcance son evidentes a partir de los documentos presentados por el demandante. El demandante también ha obtenido registros de sus marcas para varias clases. de bienes y el uso de una marca similar sin la debida causa sin duda equivaldría a competencia desleal, lo que es perjudicial para el carácter distintivo y la reputación de las marcas de 'Facebook' del demandante, dijo el tribunal.

El demandante le dijo al tribunal que se sintió perjudicado por la adopción de la marca 'Facebake' por parte del demandado, que imitaba la presentación visual de 'Facebook' al copiar el esquema de color, la fuente, la impresión comercial y la apariencia general.

El demandante alegó que el demandado estaba comerciando intencionalmente con el importante fondo de comercio de las marcas de 'Facebook' e infringiendo sus derechos estatutarios y de derecho consuetudinario.

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